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martes, 16 de diciembre de 2008

La mala educadora

Como cada tarde, Lucía R. se acomoda en el sofá frente al televisor con su marido y sus hijas pequeñas de 5 y 6 años. Este puede ser un momento perfecto para compartir con la familia de una forma relajada y amena. Tras hacer zapping durante unos minutos el magazine nacional más exitoso del momento acapara la pantalla. Entre las noticias de hoy, encontramos una pareja de famosos en estado de embriaguez y consumiendo todo tipo de drogas, unos jóvenes envueltos en una pelea cargada de insultos, etc. Tras quince minutos de emisión llega la primera escena de sexo.

Tradicionalmente se ha asociado el concepto de educación de los hijos a padres y escuela, sin embargo con la llegada de la televisión cambió esta percepción en España. Empezaron a mostrarse los primeros síntomas en los años 70 y 80 con la aparición de Televisión Española, pero fue realmente a partir de la década de los 90, con la llegada de las televisiones privadas cuando se abrió un abanico de posibilidades dentro de la programación, donde podíamos elegir que deseábamos ver en función de una cadena u otra.

Es en ese momento, cuando incluimos la televisión como una forma más de educación para los niños. En la mayoría de los casos, ellos tienen la libertad de cambiar de canal dentro de un horario considerable, con o sin los padres presentes, pudiéndose encontrar con cualquier imagen no apta para ellos.

La actual ley, 25/1994 de 12 de julio, protege a los menores frente al contenido publicitario y por supuesto, frente al resto de la programación, a fin de preservar su correcto desarrollo físico, mental y moral, estableciendo para ello la necesidad de advertir sobre el contenido de la programación que pueda atentar al desarrollo del menor. Según marca la ley, los programas emitidos en televisión no pueden fomentar el odio, el desprecio o la discriminación por motivos de nacimiento, raza, sexo, religión, nacionalidad, opinión o cualquier otra circunstancia personal o social. Aquéllos programas que contengan escenas de pornografía o violencia gratuita sólo podrán ser emitidos en horario nocturno entre las 10 de la noche y las seis de la mañana.

El horario de protección infantil recogido en la ley citada anteriormente, comprende desde las 6:00 hasta las 22:00 horas, y abarca dentro de este horario, un horario reforzado de 08:00 a 9:00 y de 17:00 a 20:00 horas, de lunes a viernes y de 9:00 a 12:00 sábados y domingos.

Como se puede observar a diario, no hay más que cambiar de canal tras la sobremesa, la mayoría de televisiones no cumplen esta ley, en especial las televisiones privadas, arriesgándose a ser sancionadas. Por este hecho, son varias las televisiones que acumulan a día de hoy cientos de quejas por no cumplir el denominado "Código de Autorrgulación de Contenidos Televisivos e Infancia", un acuerdo firmado entre el gobierno y algunas emisoras de televisión con el fin de respetar el horario de protección infantil.

Como cualquier empresa, una televisión privada busca obtener beneficios, y lo que el público demanda es entretenimiento. Dentro del entretenimiento a menudo encontramos programación cargada de lenguaje soez, insultos, violencia, sexo, drogas y otros aspectos nada recomendables para un menor. Este tipo de programación debería ser emitida a partir de las 10 de la noche, aunque ya se sabe, lo que importa es la audiencia, y eso en ocasiones implica emitir contenidos no aptos para menores dentro del horario reforzado de protección infantil.

El caso de Lucía se repite continuadamente en nuestros hogares. La sociedad se ha acostumbrado a ver este tipo de imágenes a diario en televisión, llegándolas a calificar como algo rutinario, algo normal.

Lucía sentada aún en el sofá coge el mando del televisor y cambia rápidamente de canal. Sus hijas hacen comentarios acerca de la escena vista en televisión. Por muchas leyes que se hagan no es la primera vez, ni será la última que se produzca esta situación.